Texto oficial
Artículo 167.- Para efectos de cálculo de la
contaminación de las leches y fórmulas para lactantes el
131I se considera como perteneciente al grupo II. Los
valores de NID tanto para las leches fluidas, leches en
polvo como para las fórmulas para lactantes se expresan en
Bq/L del producto listo para el consumo.