Texto oficial
Artículo 225.- Mantequilla, sin otra denominación, es
el producto lácteo derivado exclusivamente de la crema
pasteurizada de leches.
Los productos que usen la expresión de fantasía
"mantequilla de.", sin tratarse de un producto lácteo,
deberán rotular, además, el nombre del alimento de que se
trate, en los términos exigidos por la letra a) del
artículo 107 del presente reglamento, informando la
verdadera naturaleza del producto en forma específica.