Texto oficial
Artículo 227.- La mantequilla deberá responder a las
siguientes características:
a) caracteres organolépticos normales;
b) materia grasa de leche : mínimo 80%;
c) sólidos no grasos de leche : máximo 2%;
d) humedad : máximo 16%;
e) acidez de la materia grasa : máximo 18 ml de
hidróxido de sodio 0.1 N/100 g;
f) índice de peróxidos de la materia grasa en la planta
: máximo 0,3 meq 0 2/kg de grasa;
g) punto de fusión : 28 - 37ºC;
h) índice de refracción a 40ºC : 1,4546 - 1,4569;
i) grado de refracción a 40ºC: 40 - 45;
j) índice de yodo : 32 - 45;
k) índice de saponificación : 211 - 237;
l) su composición en ácidos grasos y triglicéridos
serán los de la grasa láctea.