Texto oficial
Artículo 282.- Carne de ave es la parte muscular de
las especies de aves a que se refiere el presente
reglamento, constituida por todos los tejidos blandos que
rodean la estructura del esqueleto. Incluye la piel,
cobertura grasa, tendones, vasos, nervios, aponeurosis y
todos aquellos tejidos que no se separan durante el
faenamiento.