Texto oficial
Artículo 359.- El pan, los pasteles, las masas, pastas
y otros productos de pastelería y repostería, no deberán
contener sustancias extrañas, insectos, parte de éstos o
sus estados evolutivos, ni ácaros.
Aprueba reglamento sanitario de los alimentos
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 71271 / 8716732.