Texto oficial
Artículo 441.- El vinagre o vinagre de vino debe
presentar las siguientes características: a) líquido de
color, olor y sabor propios de su naturaleza,
límpido, sin presentar hongos y levaduras, ni otras
alteraciones;
b) su contenido de alcohol no debe sobrepasar el 1% en
volumen y su acidez total, expresada en ácido
acético, debe ser como mínimo 5%;
c) deberá contener como mínimo 10 g/l de extracto seco,
una acidez fija, expresada en tartrato ácido de
potasio, de 5g/l y cenizas totales 1 g/l.