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Artículo 477 del Decreto 977

Aprueba reglamento sanitario de los alimentos

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 71271 · idParte: 8716882

Texto oficial

Artículo 477.- Se prohíbe el fraccionamiento del hielo en barras para ser incorporado a los alimentos.