Texto oficial
Artículo 519.- Se entiende por alimentos para
regímenes de control de peso, aquellos que según las
instrucciones correspondientes sustituyen la totalidad de la
dieta o una parte de la misma.
En el rótulo junto al nombre principal del alimento,
formando parte del mismo o junto a la información
nutricional deberá señalarse, con caracteres fáciles de
leer en circunstancias normales de compra y uso la frase
"alimento para control de peso".