Texto oficial
Artículo 27.- Sustitúyese, en el artículo 1° del
decreto ley N° 3.409, de 1980, la expresión "90 días" por
"120 días".
Establece normas de caracter presupuestario, de administración financiera y de personal
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 7139 / 9037206.