Texto oficial
ARTICULO 13° Al Departamento Administrativo le
corresponderán las funciones de organizar, planificar,
coordinar y supervisar el funcionamiento de la
administración interna del Servicio a nivel nacional y
regional y velar por el correcto uso de los fondos y bienes
y por una adecuada eficiencia en la labor del personal, de
conformidad a las disposiciones legales y reglamentarias
vigentes y a las normas e instrucciones que imparta el
Director Nacional.