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Artículo 13 del Decreto Ley 3525

Crea el servicio nacional de geologia y minería

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 7160 / 8629060.

Texto oficial

ARTICULO 13° Al Departamento Administrativo le corresponderán las funciones de organizar, planificar, coordinar y supervisar el funcionamiento de la administración interna del Servicio a nivel nacional y regional y velar por el correcto uso de los fondos y bienes y por una adecuada eficiencia en la labor del personal, de conformidad a las disposiciones legales y reglamentarias vigentes y a las normas e instrucciones que imparta el Director Nacional.