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Artículo 24 del Decreto Ley 3528

Presupuesto del sector publico año 1981

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 7161 / 7131007.

Texto oficial

Artículo 24.- Las atribuciones que en los diferentes artículos de este decreto ley se otorgan al Ministerio de Hacienda serán ejercidas mediante decreto supremo, dictado de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 70 del decreto ley N° 1263, de 1975. Asimismo, este procedimiento se aplicará respecto de todos los decretos que corresponda dictar para la ejecución presupuestaria y para dar cumplimiento al artículo 4° de este decreto ley.