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Artículo 26 del Decreto Ley 3528

Presupuesto del sector publico año 1981

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 7161 / 7131009.

Texto oficial

Artículo 26.- El aporte fiscal asignado globalmente, en el artículo 3° de este cuerpo legal al Ministerio de Defensa Nacional, deberá ser distribuido mediante decreto ley, a más tardar el 23 de Diciembre de 1980.