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Artículo 5 del Decreto Ley 3560

Crea el fondo de auxilio social en la direccion de prevision de carabineros de chile

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 7181 / 5882043.

Texto oficial

Artículo 5°- Derógase la Ley N° 17.908, de 9 de Marzo de 1973, a contar desde la fecha en que tome vigencia el Reglamento a que se refiere el artículo 4° del presente Decreto Ley. Asimismo, hasta igual fecha se seguirán otorgando los beneficios facultativos señalados en el Capítulo III, del Decreto N° 103, de 14 de Abril de 1975, del Ministerio de Defensa Nacional (Subsecretaría de Carabineros), que aprobó el Reglamento Orgánico de la Dirección de Previsión de Carabineros de Chile.