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Artículo 2 del Decreto Ley 3577

Traspasa funciones que indica a los servicios de salud

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 7186 / 5882057.

Texto oficial

Artículo 2°- Introdúcense las siguientes modificaciones al decreto con fuerza de ley N° 274, de 1960: a) Derógase la letra f) del artículo 15; b) Reemplázanse en el inciso primero del artículo 17, las expresiones "en las letras a) y f)" por "en la letra a)", y c) Suprímese en el inciso segundo del artículo 33 las palabras "enriquecimiento nutritivo o...".