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Artículo 1 del Decreto Ley 3631

Fija normas sobre universidades

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 7201 / 7131348.

Texto oficial

Artículo 1°- Sustitúyese el N° 2 del artículo 523 del Código Orgánico de Tribunales, por el siguiente: "2°- Tener el grado de Licenciado en Ciencias Jurídicas otorgado por una Universidad, en conformidad a la ley;".