Saltar al contenido

Artículo 46 del Decreto Ley 3648

Determina jurisdiccion en materias laborales; crea, en santiago, seis nuevos juzgados en lo civil, y establece procedimiento judicial para causas del trabajo.

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 7210 · idParte: 9037287

Texto oficial

ARTICULO 46°. Créanse, en las Cortes de Apelaciones que se indican, los siguientes cargos de ministros en el escalafón del personal superior, grado IV: cuatro en la Corte de Apelaciones de Santiago y tres en cada una de las Cortes de Valparaíso y Concepción. Créanse en la Corte de Apelaciones de Santiago, dos cargos de relatores y uno de secretario, en el escalafón del personal superior, grado V; y un cargo de relator en cada una de las Cortes de Apelaciones de Valparaíso y Concepción.