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Artículo 18 del Decreto Ley 3650

Establece normas de caracter presupuestario y de administración financiera

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 7212 / 8797319.

Texto oficial

Artículo 18.- Agrégase al artículo 89 del decreto con fuerza de ley N° 338, de 1960, el siguiente inciso: "Los empleados podrán indicar que harán uso del feriado en forma fraccionada, pero una de las fracciones no podrá ser de menos de diez días."