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Artículo 1 del Decreto Ley 3652

Deroga articulo 6° del decreto ley n° 2.552, de 1979 y declara como licitos y ajustados a derecho los cobros por aportes a obras generales

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 7214 / 5882172.

Texto oficial

Artículo 1°- Decláranse como lícitos y ajustados a derecho los cobros ya efectuados bajo el rubro de aportes a obras generales por el Servicio Nacional de Obras Sanitarias, la ex Dirección de Obras Sanitarias del Ministerio de Obras Públicas, la ex División de Servicios Sanitarios del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, la Empresa Metropolitana de Obras Sanitarias, la Empresa de Obras Sanitarias de la V Región y los Servicios Municipales de agua potable y alcantarillado, tanto bajo la vigencia del decreto N° 880, de 1963, del Ministerio de Obras Públicas como del decreto N° 458, de 1975, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo.