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Artículo 1 del Decreto Ley 3659

Dispone termino de existencia legal de la empresa de transportes colectivos del estado

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 7217 · idParte: 9037313

Texto oficial

Artículo 1°.- Pónese término a la existencia legal de la Empresa de Transportes Colectivos del Estado. No obstante, la Empresa se entenderá subsistente como persona jurídica para los efectos de su liquidación.