Texto oficial
Artículo 74.o- La ampliación horaria para los médicos funcionarios de este Departamento se concederá con la sola resolución fundada del Superintendente.
Reglamento orgánico de la superintendencia de seguridad social
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 7223 / 5882267.