Texto oficial
Artículo 86.o- El Departamento se ocupará, además, de la publicación y distribución de todo el material que los otros Departamentos le entreguen con este objeto. En el cumplimiento de esta tarea, se sujetará a las instrucciones que, a través del Superintendente, le fueren impartidas.
Del mismo modo, si el Superintendente dispusiere la publicación de la Memoria Anual de la Superintendencia, deberá encargarse de ella.