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Artículo 15 del Decreto 2

Estatuto orgánico del servicio de impuestos internos

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 7252 / 7131775.

Texto oficial

Artículo 15.o.- Le corresponden al Sub-Director a cargo de la Sub-Dirección de Operaciones, por intermedio de los Departamentos que se indican, las siguientes atribuciones, responsabilidades y obligaciones: 1.o.- Departamento de Renta, Compraventas, Avaluaciones, Actos y Contratos, y Alcoholes, según corresponda: estudiar y proponer normas para la aplicación de los impuestos controlados por el Servicio; 2.o.- Departamento Normativo. Le corresponderá especialmente en relación al cumplimiento del programa anual de fiscalización: a) Planificar los sistemas y técnicas de fiscalización de los impuestos. b) Estudiar y proponer normas para la selección de las declaraciones de impuesto que serán fiscalizadas; c) Estudiar la implantación de normas que tienden a mejorar la organización de las labores fiscalizadoras, y d) Estudiar normas para la captación de antecedentes de interés tributario y para la mantención al día de los roles de contribuyentes que se estimen necesarios. Además, estudiará las normas que se recomiende impartir, conforme al número 1.o de este artículo cuando ellas versen sobre leyes de impuestos cuyas instrucciones puedan corresponder, en razón de la materia, a más de uno de los Departamentos indicados en dicho número.