Saltar al contenido

Artículo 27 del Decreto 2

Estatuto orgánico del servicio de impuestos internos

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 7252 / 7131789.

Texto oficial

Artículo 27.o.- Los Químicos se encargan de efectuar los análisis que permitan comprobar si se han cumplido las disposiciones legales y reglamentarias y las normas de la Dirección, en lo que se refiere a la composición de los productos alcohólicos.