Texto oficial
Artículo 30.o.- Los Oficiales deben atender las labores de Secretaría y de oficina en general, y cooperar en otros trabajos que se les encomienden.
Estatuto orgánico del servicio de impuestos internos
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 7252 / 7131792.