Saltar al contenido

Artículo 31 del Decreto 2

Estatuto orgánico del servicio de impuestos internos

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 7252 / 7131793.

Texto oficial

Artículo 31.o.- El personal de máquinas de contabilidad y estadística está encargado de la confección de roles y boletines de impuestos, y del procesamiento de las estadísticas y de los antecedentes tributarios que se requieran para fines de estudio y fiscalización.