Texto oficial
Artículo 65°.- Para los efectos del cómputo de la
duración de la licencia médica, los plazos que establece
el presente reglamento serán de días corridos, debiendo
considerarse, por ende, los días Domingos y festivos.
Aprueba reglamento de autorizacion de licencias medicas por las compin e instituciones de salud previsional
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 7281 / 8629461.