Texto oficial
Artículo 24°- Para los efectos previstos en los artículos 1, 3, 7, 9 y 12 del presente decreto, se entenderá que forman un solo predio los terrenos contiguos que pertenezcan a un mismo dueño.
Declara de utilidad publica y autoriza la expropiacion de los predios que señala
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 7402 / 8871316.