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Artículo 1 del Decreto 11

Estatuto orgánico de la corporacion de la reforma agraria.

Estado
Derogada
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 7452 · idParte: 8778404

Texto oficial

Artículo 1°.- La Corporación de la Reforma Agraria es una persona jurídica de derecho público, empresa autónoma del Estado, de duración indefinida, con patrimonio propio, con plena capacidad para adquirir, ejercer derechos y contraer obligaciones. Su domicilio será la ciudad de Santiago, sin perjuicio de los domicilios especiales que pueda establecer con acuerdo del Consejo. La Corporación de la Reforma Agraria, que en adelante se denominará en el presente Estatuto la Corporación, se relacionará con el Gobierno por intermedio del Ministerio de Agricultura. Las referencias a Títulos o a artículos contenidas en el presente Estatuto sin otra mención, se entienden efectuadas a su propio articulado.