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Artículo 2 del Decreto 11

Estatuto orgánico de la corporacion de la reforma agraria.

Estado
Derogada
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 7452 / 8778406.

Texto oficial

Artículo 2°.- La Corporación podrá celebrar todos los actos y contratos que estime conveniente para la mejor consecución de sus fines, sin más limitaciones que las contempladas en forma expresa por la ley.