Texto oficial
Artículo 14.- La administración de la Corporación y de sus servicios estará a cargo de un Vicepresidente Ejecutivo, quien tendrá la representación judicial y extrajudicial de la misma.
Estatuto orgánico de la corporacion de la reforma agraria.
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 7452 / 8778418.