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Artículo 24 del Decreto 11

Estatuto orgánico de la corporacion de la reforma agraria.

Estado
Derogada
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 7452 / 8778428.

Texto oficial

Artículo 24.- Regirán para la Corporación las disposiciones que reglamentan la competencia y el procedimiento en los juicios del Departamento Hipotecario del Banco del Estado de Chile. La acción de resolución de contrato e indemnización de perjuicios ejercida por la Corporación se regirá por el procedimiento a que se refiere el inciso primero del artículo 680 del Código de Procedimiento Civil.