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Artículo 40 del Decreto 11

Estatuto orgánico de la corporacion de la reforma agraria.

Estado
Derogada
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 7452 / 8778444.

Texto oficial

Artículo 40.- Siempre que en su otorgamiento se observen las solemnidades contempladas en el artículo siguiente, no estarán sujetos a la formalidad de la escritura pública los siguientes actos y contratos que celebre la Corporación de la Reforma Agraria: a) La venta de las parcelas, huertos familiares agrícolas y sitios en villorrios; b) La constitución de hipotecas, servidumbres y otros derechos reales, de gravámenes y prohibiciones sobre los inmuebles a que se refiere la letra precedente; c) El alzamiento de tales gravámenes, derechos y prohibiciones, y d) Las alteraciones o modificaciones a los actos y contratos señalados en el presente artículo.