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Artículo 52 del Decreto 11

Estatuto orgánico de la corporacion de la reforma agraria.

Estado
Derogada
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 7452 / 8778457.

Texto oficial

Artículo 52.- Autorízase al Presidente de la República para que acepte en pago de deudas de regadío y a petición de la Corporación los terrenos que ésta solicite le sean transferidos para el cumplimiento de sus fines.