Saltar al contenido

Artículo 91 del Decreto 11

Estatuto orgánico de la corporacion de la reforma agraria.

Estado
Derogada
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 7452 / 8778497.

Texto oficial

Artículo 91.- Los colonos estarán obligados a acogerse como imponentes del Servicio de Seguro Social en las mismas condiciones que los imponentes voluntarios, salvo que la Corporación los autorice expresamente para liberarse de esta obligación.