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Artículo 93 del Decreto 11

Estatuto orgánico de la corporacion de la reforma agraria.

Estado
Derogada
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 7452 · idParte: 8778499

Texto oficial

Artículo 93.- En los casos en que la Corporación lo estime necesario podrá establecer entre los parceleros comunidades de agua y reparto por turno.