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Artículo 147 del Decreto 11

Estatuto orgánico de la corporacion de la reforma agraria.

Estado
Derogada
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 7452 / 8778558.

Texto oficial

Artículo 147.- La modificación del valor que se produzca de acuerdo con el artículo anterior será publicado anualmente en el "Diario Oficial" y constituirá el "valor oficial" tanto de los certificados ya emitidos como el de los que se emitan en el nuevo año.