Texto oficial
Artículo 3°.- Mientras no se fije, de acuerdo con el artículo 58, un nuevo precio máximo a la "unidad económica", continuarán en vigor los precios máximos actualmente vigentes.
Estatuto orgánico de la corporacion de la reforma agraria.
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 7452 / 8778613.