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Artículo 83 del Decreto 12

Aprueba reglamento para el transporte seguro de materiales radiactivos

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 7482 / 6782199.

Texto oficial

Artículo 83.- Será obligatorio que los certificados de la AUTORIDAD COMPETENTE acompañen a la REMESA a que se refieren. Sin embargo, el REMITENTE deberá estar dispuesto a facilitar tales certificados a los TRANSPORTISTAS, antes de la carga, de la descarga o de cualquier trasbordo.