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Artículo 194 del Decreto 12

Aprueba reglamento para el transporte seguro de materiales radiactivos

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 7482 / 6782339.

Texto oficial

Artículo 194.- Se examinarán todos los especímenes antes de someterlos a ensayo, a fin de determinar y registrar posibles defectos o deterioros, en particular: a) Las divergencias con respecto al DISEñO; b) los defectos de construcción; c) la corrosión u otros deterioros; y d) la distorsión de las características de los componentes.