Texto oficial
Artículo 26º.- Al Subdepartamento de Vacunas y
Antitoxinas Bacterianas le corresponderá:
a) Producir vacunas, antitoxinas y toxoides en la
variedad, cantidad, calidad y tiempos establecidos en el
programa de producción del Departamento;
b) Velar por la ejecución correcta de las técnicas de
producción oficial y desarrollar investigación aplicada
para mejorar los métodos de elaboración;
c) Elaborar las vacunas antirrábicas, tanto de uso humano
como veterinario, tipo canino, y mantener un cepario de
virus rábico fijo;
d) Elaborar las vacunas en el campo de su especialidad
para ser utilizadas como referencia nacional en los estudios
y controles de potencia de estos productos, y
e) Elaborar las demás vacunas y sueros indicados en el
Programa de Producción.