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Artículo 38 del Decreto 1222

Aprueba reglamento del instituto de salud publica de chile

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 75287 / 7210213.

Texto oficial

Artículo 38º.- Al Departamento de Finanzas, Administración y Servicio Interno le corresponderá estudiar y proponer alternativas para el financiamiento y eficiente utilización de los recursos disponibles; tendrá a su cargo el manejo contable y presupuestario del Instituto, y ejecutará las funciones relativas a personal y bienestar, abastecimiento, comercialización, mantención, costos y, en general, de administración interna que requiera su actividad. En el desempeño de estas funciones deberá especialmente: a) Colaborar con el Director en la gestión financiera y administrativa del Instituto, velando especialmente por la oportunidad, corrección y legitimidad de sus operaciones. b) Colaborar con los Departamentos técnicos del Instituto en la gestión financiera y administrativa de sus unidades, velando por la calidad, cantidad y oportunidad de la provisión de bienes y servicios que soliciten esas dependencias para el adecuado desarrollo de sus funciones; c) Elaborar los proyectos de resoluciones, actos, bases de propuestas y demás documentos relacionados con su competencia que deban ser presentados a la aprobación del Director o de otras Jefaturas, haciéndose cargo de su tramitación y comunicación, tanto en el Instituto como a otros Organismos, entidades o personas, según el caso; d) Ejercer por intermedio de su Jefatura, las funciones de Ministro de Fe, para extender certificados o formalizar actos y documentos oficiales del Instituto; e) Colaborar en la preparación, compatibilización, racionalización y consolidación de los planes y programas del Instituto; f) Recopilar, mantener y evaluar la información estadística ligada al manejo administrativo y financiero de las actividades del Instituto; g) Ejecutar el mantenimiento, capacitar a los usuarios y velar por la correcta operación de los sistemas de procesamiento de atos; h) Efectuar el mantenimiento de todos los bienes muebles e inmuebles del Instituto, con excepción de los destinados a la producción, crianza y mantención de animales de laboratorio y de los bienes necesarios para su alimentación, preocupándose del cumplimiento de sus finalidades y objetivos de producción, i) Materializar las tareas de capacitación del Instituto, coordinando centralizadamente la ejecución de estas actividades, sin perjuicio de su planificación por la Dirección y de la asesoría y supervisión técnica de los demás Departamentos y dependencias del Organismo, en sus respectivas especialidades; j) Desempeñar funciones relativas al bienestar del personal; k) Registrar y controlar los gastos de operación del Instituto, l) Centralizar la recepción, registro y distribución interna de las solicitudes, documentos y muestras que se presenten al Instituto, informar al público sobre su tramitación y resultados, así como numerar, registrar y despachar los informes, oficios y demás correspondencia, expidiendo las certificaciones que conciernan a estas acciones; m) Estudiar y proponer pautas para la adecuada comercialización de los productos y servicios del Instituto, así como sus aranceles y precios; efectuar dicha comercialización y recaudar los ingresos que de ello provengan, y n) Mantener una adecuada estadística de las ventas de bienes y servicios, para lo que podrá recabar la información necesaria de las unidades que dispongan de ellas. ñ) Proponer las especificaciones técnicas de las licitaciones y contratos que se deba efectuar para las acciones de construcción, mantención y habilitación que le competen; o) Centralizar la custodia y facilitar el uso de los planos de los inmuebles, manuales operativos y de mantención del equipamiento y de las normas y especificaciones técnicas de sus insumos; p) Coordinar y apoyar las acciones de seguridad y bioseguridad, incluyendo el requerimiento, distribución, custodia y mantención de los elementos físicos necesarios, sin perjuicio de la supervisión técnica que deban proporcionar otras dependencias del Instituto; q) Encargarse de la administración del transporte del Instituto, velando por el estado y conservación de los vehículos y administrar la entrega de combustible para los de su dotación, y r) Supervisar y controlar el cumplimiento de los contratistas de acciones de apoyo relacionadas con las áreas a su cargo, incluyendo todo tipo de mantenciones y servicios como portería, vigilancia, lavandería, aseo y jardines. s) Asesorar al Director en los asuntos relacionados con sus funciones; y t) Desempeñar las demás funciones que le asigne el Director.