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Artículo 1 de la Ley 19.512

Autoriza erigir monumentos en las ciudades que indica, en memoria del teniente de carabineros hernan merino correa

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 75413 · idParte: 8306122

Texto oficial

"Artículo 1º.- Autorízase erigir tres monumentos, uno en la ciudad de Santiago, otro en la de Valparaíso y el tercero en la de Coyhaique, en memoria del Teniente de Carabineros Hernán Merino Correa.