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Artículo 50 del Decreto Con Fuerza de Ley 1

Establece estatuto del personal de las fuerzas armadas

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 76465 / 8595454.

Texto oficial

Artículo 50.- Propuestos los ascensos para conferir los grados de Coronel, General de Brigada o General de División de Ejército y sus equivalentes en la Armada y Fuerza Aérea, se aumentarán transitoriamente las plazas correspondientes al número y grado de oficiales propuestos para que sean llenadas por aquéllos de los grados inferiores que estén en situación de ascender.