Texto oficial
Artículo final.- Derógase el D.F.L.(G) Nº 1, de
1968, sobre Estatuto del Personal de las Fuerzas Armadas,
cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado
por el D.S.(G) Nº 148, de 1986, con excepción de los
artículos 163, 164, 177, 178, 190, 194, 201, 202, 203, 204,
205, 206, 207, 210, incisos 2º y 3º, 213, 215, 216, 218,
229, 238, 239 y demás disposiciones legales permanentes y
transitorias que establezcan o regulen materias
previsionales que no sean contrarias a la Ley Nº 18.948.
Toda referencia que las leyes vigentes efectúen al
D.F.L. (G) Nº1, de 1968, se entenderá hecha al presente
Estatuto del Personal de las Fuerzas Armadas.