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Artículo 3 transitorio de la Ley 19.531

Reajusta e incrementa las remuneraciones del poder judicial modifica el decreto ley nº 3.058, de 1979 crea el departamento de recursos humanos en la corporacion administrativa del poder judicial, y modifica el código orgánico de tribunales

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 76749 · idParte: 8526541

Texto oficial

Artículo 3º.- El mayor gasto que irrogue la aplicación de esta ley durante el año 1997 se financiará con cargo al ítem 50-01-03-25-33.104 de la partida Tesoro Público del Presupuesto de la Nación.". Habiéndose cumplido con lo establecido en el Nº 1º del Artículo 82 de la Constitución Política de la República y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto promúlguese y llévese a efecto como Ley de la República.