Texto oficial
PARRAFO I {ARTS. 1-3}
De la naturaleza jurídica, domicilio, objetivos y
funciones del Servicio
Artículo 1°: El Servicio Nacional de Obras Sanitarias, SENDOS, es un Servicio descentralizado del Estado, de derecho público, con personalidad jurídica y patrimonio distinto del Fisco, que se rige por el decreto ley N° 2.050, de 1977, por el presente decreto con fuerza de ley y por las demás disposiciones legales que le sean aplicadas, y que se relaciona con el Gobierno a través del Ministerio de Obras Públicas.
Para todos los efectos legales, es el sucesor de los Servicios y Oficinas a que se refiere el artículo 2° del decreto ley N° 2.050, de 1977.
Su domicilio es la ciudad de Santiago, sin perjuicio del establecimiento de Direcciones Regionales, con domicilio en la capital regional respectiva.