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Artículo 47 del Decreto 22

Estatuto orgánico y de funcionamiento del servicio nacional de obras sanitarias

Estado
Derogada
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 7692 / 8826422.

Texto oficial

Artículo 47°: El Servicio podrá prestar asistencia jurídica a los funcionarios que sean objeto de acciones judiciales entabladas por terceros y derivadas del desempeño de sus funciones, comprendiéndose también el pago de las costas de la correspondiente defensa. El Presidente de la República reglamentará la procedencia y condiciones de este beneficio.