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Artículo 20 de la Ley 19.533

Otorga reajuste de remuneraciones a trabajadores del sector publico, concede aguinaldos que señala y otros beneficios de caracter pecuniario

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 77009 · idParte: 9020148

Texto oficial

Artículo 20.- Sustitúyense, a partir del 1º de enero de 1998, los montos de "$115.395"; "$130.781" y "$140.672", a que se refieren los artículos 21 y 22 de la ley Nº 19.429 por "$121.742"; "$137.974" y "$148.409", respectivamente.