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Artículo 5 de la Ley 19.530

Sobre integracion del consejo de la corporacion de fomento de la produccion y rango del vicepresidente ejecutivo

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 78475 · idParte: 9020162

Texto oficial

Artículo 5º.- Los requisitos de ingreso y promoción de las respectivas plantas serán los indicados para cada caso en el decreto con fuerza de ley Nº 9, de 1990, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción.