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Artículo 26 de la Ley 19.540 · Aprueba ley de presupuestos del sector publico para el año 1998

Aprueba ley de presupuestos del sector publico para el año 1998

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 80360 · idParte: 8038895

Texto oficial

Artículo 26.- Las disposiciones de esta ley regirán a contar del 1º de enero de 1998, sin perjuicio de que puedan dictarse a contar de la fecha de su publicación los decretos a que se refieren los artículos 3º, 5º y 24 y las resoluciones indicadas en dicho artículo 5º.".